El proyecto de ley elaborado por el gobierno nacional para declarar la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2020 contempla una serie de cambios en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2020.
Esta iniciativa, que el oficialismo aspira a poder sancionar el jueves en la Cámara de Diputados, será analizada mañana en un plenario de las comisiones de Presupuesto y Legislación General, donde brindarán un informe los ministros de Economía, Martín Guzmán, de Producción Matias Fulkas, de Salud, Gines González García, de Seguridad Social, Daniel Arroyo, y la directora de la AFIP, Mercedes Marco del Pont.
Los principales puntos del proyecto son los siguientes:
DIVISAS
- Se crea un impuesto a la compra de dólares del 30 por ciento que se aplicará tanto para la adquisición para atesoramiento como para aquellas realizadas con tarjeta de crédito. Este impuesto regirá por cinco años.
- Este tributo no se aplicará para los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato y utilización de plataformas educativas. Ni para proyectos de investigación.
- El gobierno podría disminuir la alicuota del impuesto o suspender el mismo si lo considera necesario.
El mayor control de cambios dispara el dólar "blue", que sube un 2%- La recaudación del impuesto se utilizará en un 70 por ciento para financiar los programas de la Anses, y 30 por ciento para solventar obras de infraestructura económica y vivienda social, financiar el fideicomiso.
DEUDA PUBLICA
- Se faculta al gobierno a a realizar las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública.
- El gobierno deberá informar los resultados de esta negociación ante la comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior de la Nación del Congreso.
TARIFAS
- El gobierno quedará facultado para iniciar un proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente por el plazo de meses, y podrá intervenir por un año los entes reguladores de electricidad y gas.
PYMES
- Se instrumentará un plan de moratoria para el pago de deuda de las micro y mini pymes, con excepción de aquellas deudas vinculadas vinculadas a las ART, impuestos de combustibles y sobre juegos de azar.
- Habrá rebajas de contribuciones patronales para las empresas pequeñas y medianas empresas
IMPUESTOS
- Se modifica el mecanismo para calcular el ajuste por inflación en los balances de las empresas.
-Se aumentan en forma progresiva el impuesto de bienes personales pero se mantienen exceptuadas a pagar el impuesto a los bienes que no superen los tres millones de pesos.
- Se aumenta alícuota de bienes personales para los activos en el exterior.
- Suben montos mínimos para el pago de impuestos internos a la importación de vehículos, motos y embarcaciones deportivas.
- Duplican tasas de estadística para importar bienes de consumo.
- Los bonos, cajas de ahorro y plazos fijos en pesos no pagarán renta financiera
AGRO
-El gobierno estará facultado a imponer derechos de exportaciones en un valor que no podrá superar el 33 por ciento de alicuota.
En el caso de la soja se eleva el tope del 30 a 33% y para el maíz y el trigo de 12 a 15%.
JUBILACIONES
- Se suspende por plazos por 180 días la aplicación de la movilidad jubilatoria.
- Autoriza al gobierno a poder fijar trimestralmente los incrementos que otorgará a la clase pasiva.
SALARIOS
- Autorizan a disponer aumentos por decreto.
RESERVAS
- Autorizan al Tesoro a emitir letras en dólares y usar reservas para pagar vencimientos de deuda. (Télam)